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ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO MEDIANTE EL CUAL SE PROHÍBE LA EXPORTACIÓN O LA IMPORTACIÓN DE DIVERSAS MERCANCÍAS A LA REPÚBLICA LIBANESA Y CENTROAFRICANA.
La SE a través del Diario Oficial de la Federación del día de hoy, lunes 22 de septiembre de 2014, dio a conocer el ACUERDO que modifica al diverso mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican.
Lo anterior con el propósito de implementar las resoluciones 1701 (2006) de fecha 11 de agosto de 2006 y 2127 (2013) de fecha 5 de diciembre de 2013, que el Consejo de Seguridad de la ONU ha adoptado, al Acuerdo que por esta vía se modifica publicado en el DOF del 29 de noviembre de 2012.
En tal sentido, se ADICIONAN los numerales Décimo segundo y Décimo tercero al Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a la República Libanesa y Centroafricana.
Nota: Por lo extenso de la presente publicación les sugerimos revisar el texto de la misma en el DOF.
ACUERDO DOF Mercancias prohibidas en la importacion-exportacion
El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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