SEXTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2025

JU-0322-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación el “SEXTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025.”, de la cual se comparten modificaciones:

Se adiciona la regla 3.7.35., último párrafo de las RGCE para 2025, para quedar de la siguiente manera:

«Determinación de contribuciones por la importación de mercancías a través del procedimiento simplificado efectuado por Empresas de mensajería y paquetería

3.7.35.     

Para los efectos del artículo 7.8 (1), (f), último párrafo del T-MEC, tratándose de la importación de las mercancías a que se refiere la fracción III, incisos a) y b) de la presente regla, las Empresas de mensajería y paquetería que cuenten con el registro a que se refiere la regla 3.7.3., podrán realizar la determinación y el pago de las contribuciones correspondientes de manera periódica y previa a su presentación ante la aduana para su despacho aduanero, después de las 18:00 horas.

TLCP 5.6, PAAP 5.7, TIPAT 5.7, T-MEC 7.8., Ley 59, 88, LFD 49, RGCE 3.7.3., 3.7.5., 3.7.6.»

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF.

Por la importancia de lo anterior, se anexa al presente el enlace de consulta de la publicación para su lectura en su totalidad:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5770661&fecha=23/10/2025#gsc.tab=0

Atentamente,
Gomsa

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