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IMPLEMENTACIÓN OBLIGATORIA DE LA MVE Y POSIBLES AFECTACIONES EN LOS TIEMPOS DE DESPACHO

Estimado Cliente:

Por este medio le informamos que, derivado de la entrada en vigor de la obligatoriedad de transmitir la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) en el pedimento a partir del 1 de agosto de 2026, es importante considerar que esta nueva disposición podría generar ajustes en los tiempos de despacho de sus operaciones de comercio exterior.

Lo anterior obedece a que, previo al pago y validación del pedimento, la Agencia Aduanal deberá contar con el folio de la MVE, mismo que deberá ser generado, revisado y firmado por el importador o su representante autorizado. Una vez obtenido dicho folio, podrá realizarse la transmisión correspondiente en el pedimento para continuar con el proceso de despacho.

En este sentido, la emisión y autorización oportuna de la MVE se convierte en una etapa crítica dentro del proceso operativo, ya que cualquier demora en su elaboración o firma podría impactar directamente los tiempos de liberación de las mercancías.

Por tal motivo, le recomendamos considerar esta nueva actividad dentro de sus procesos internos y prever los tiempos necesarios para la generación y autorización de la MVE, especialmente en operaciones de carácter urgente o con requerimientos de entrega inmediata.

En Gomsa continuaremos brindándole el acompañamiento necesario para cumplir con esta disposición y minimizar cualquier impacto en sus operaciones.

Agradecemos su atención y colaboración.

Atentamente,

Gomsa

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