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ENTRADA EN VIGOR A LOS SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN EN EL PADRÓN DE IMPORTADORES Y SECTORES ESPECÍFICOS.
Por medio de la presente, se hace un atento recordatorio respecto a la entrada en vigor de la modificación al supuesto de «Suspensión en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos» a que se refiere la regla 1.3.3 fraccion XXXIX de conformidad a la publicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2015.
Dicha disposición establece la entrada en vigor a los 30 días posteriores a la publicación de la citada Resolución cuyo plazo se cumplirá el próximo día jueves 21 de mayo de 2015.
A continuación señalamos el texto de la modificación referida:
XXXIX. Cuando los importadores no tengan registrado el correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
Fuente: CAAAREM⊕
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