
JU-174-2026
Estimado Cliente,
Le informamos que la Secretaría de Economía publicó la “Resolución final del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, de la cual se comparten algunos puntos relevantes:
-
- Se modifica la cuota compensatoria a que se refieren los puntos 1 y 2 de la presente Resolución, y se determina aplicar una cuota compensatoria de 57.19 dólares por pieza a las importaciones de bicicletas para niños originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresen a través de la fracción arancelaria 8712.00.05de la TIGIE, o por cualquier otra.
- Con fundamento en el artículo 87 de la LCE, la cuota compensatoria a que se refiere el punto inmediato anterior de la presente Resolución se aplicará en dólares por pieza, debiéndose liquidar en su equivalente en moneda nacional.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Por la importancia de lo anterior, se anexa al presente el enlace de la publicación para su lectura y consulta en su totalidad:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5798119&fecha=08/09/2026#gsc.tab=0
