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Capacidad de contenedores

Tipos de contenedores

Términos Usuales

  • Consolidación:

Es el acto de llenar un contenedor con mercancía de uno o varios remitentes.

  • Desconsolidación

Es el acto de vaciar un contenedor.

  • B/L (Bill of lading):

El conocimiento de embarque es un documento de transporte en el cual se plasman los términos de contratación del servicio entre el transportista y el remitente. Este documento además sirve como un recibo de las mercancías en tregadas al transportista o al consignatario. El conocimiento de embarque original es además un título de propiedad de la mercancía y sirve como comprobante fiscal de conformidad con la regla de carácter general al comercio exterior número 1.1.1 vigente.

  • AWB (Airway Bill):

El conocimiento o guía de embarque aéreo.

  • TEU (Twenty feet equivalent unit / Unidad equivalente a veinte pies):

Es una unidad de medida utilizada para medir la capacidad de carga de los barcos en contenedores de 20´, así como la capacidad y productividad en las terminales portuarias de contenedores. Como ejemplo, un contenedor de 40´ equivale a dos TEU´S.

  • ETA (Estimated time of arrival):

Fecha estimada de arribo.

  • ETD (Estimated time of departure):

Fecha estimada de salida.

  • In Bond:

Mercancía de procedencia extranjera que se interna en tránsito hasta la aduana de despacho final, la cual se encuentra libre de impuestos, pero debe cumplir con las formalidades legales de la aduana de cada país.

  • Cruce de mercancía (Frontera/Terrestre):

Actividad relacionada con el movimiento terrestre de mercancías a través de los límites fronterizos, cuando éstas cumplan con los requerimientos legales en materia de comercio exterior.

Términos de contratación de fletes

  • FCL/FCL (Full Container Load–Full Container Load):

La naviera (transportista) posiciona el contenedor en la fábrica del remitente para su consolidación y entrega en la fábrica del consignatario. Es comúnmente usado en embarques en los que interviene un solo embarcador y un solo consignatario por contenedor.

  • LCL/LCL (Less Container Load-Less Container Load):

La naviera (transportista) recibe en el puerto de origen la mercancía suelta y es responsable de su consolidación dentro del contenedor. En el puerto de destino el transportista es responsable del vaciado del contenedor para entregar la mercancía como carga suelta al consignatario. Es comúnmente usado para embarques en los que intervienen varios remitentes y varios consignatarios.

  • FCL/LCL (Full Container Load-Less Container Load):

La naviera (transportista) recibe en el puerto de origen la carga previa mente consolidada por parte del remitente, y es responsable del vaciado del contenedor en el puerto de destino para entregar la mercancía como carga suelta al consignatario. Es comúnmente usado para embarques en los que interviene un solo embarcador y varios consignatarios.

  • LCL/FCL (Less Container Load – Full Container Load):

La naviera (transportista) recibe en el puerto de origen la mercancía suelta y es responsable del llenado del contenedor. Entrega en el puerto de destino el contenedor lleno para ser vaciado por el consignatario. Es comúnmente usado para embarques en los que intervienen varios embarcadores y un solo consignatario.

Consulta de las operaciones vía APP Móvil de GOMSA LOGÍSTICA

Si ya descargaste la App GOMSA LOGÍSTICA, en la opción Consulta de Operaciones puedes saber qué operaciones se han concluido, cuáles están en proceso o saber en qué etapa se encuentran.
Lo puedes saber siguiendo la siguiente secuencia de opciones:

Estatus del pedimento al momento que está en la aduana

Cuando un Pedimento pasa a revisión, puede el semáforo darle rojo o verde, esta información se registra en la base de datos de la Autoridad y posteriormente es enviada vía electrónica a la base de datos de GOMSA LOGÍSTICA.

Si el semáforo presenta rojo, la Autoridad procede a revisar y dependiendo lo que arroje la revisión, se genera un registro nuevo.
Puedes pedirle a tu Ejecutivo que se te avise vía correo cuando tengas algún evento de este tipo,  o puedes consultarlo desde nuestra página web: www.gomsa.com  o a través de nuestra App.

INCOTERMS

SALIDA

  • EXW (Ex Works):

En fábrica el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, fábrica, taller, almacén, etc.) sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor.

TRANSPORTE PRINCIPAL NO PAGADO

  • FCA (Free Carrier / Franco Transportista):

El vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. Debe observarse que el lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.

  • FAS (Free Alongside Ship / Franco al costado del Buque):

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de soportar todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel momento. El término FAS exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación.

  • FOB (Free on Board / Franco a Bordo):

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador debe soportar todos los costes y riesgos de pérdidas o daño de la mercancía desde aquel punto.

TRANSPORTE PRINCIPAL PAGADO

  • CFR (Cost and Freight / Costo y Fletes):

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los costes y fletes necesarios para llevar las mercancías al puerto de destino convenido. Pero el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador.

  • CIF (Cost, Insurance and Freight / Coste, Seguro y Flete):

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto destino. El vendedor debe pagar los costes y fletes necesarios, llevar la mercancía al puerto destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. No obstante, en condiciones CIF, el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.

  • CPT (Carriage Paid To / Transporte pagado hasta lugar de destino convenido):

El vendedor realiza la entrega de la mercancía poniéndola a disposición del transportista designado por él, pagando los costes del transporte para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste contraído después de que la mercancía haya sido así entregada.

  • CIP (Carriage and Insurance Paid to / Transporte y seguro pagados hasta lugar de destino convenido):

El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él, pagando los costes del transporte para llevar la mercancía al destino convenido. El comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste que se produzca después de que la mercancía haya sido así entregada. Bajo el término CIP el vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.

  • DDP (Delivered Duty Paid / Entregada derechos pagados: (lugar de destino convenido):

El vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor asume todos los costes y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta aquel lugar, incluyendo cuando es pertinente, cualquier “derecho”. (Incluye realizar los trámites aduaneros y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas).

  • DAT (Delivered At Terminal / Entrega en Terminal):

De nueva creación, este incoterm es polivalente y por tanto utilizable con cualquier tipo de transporte y también en la combinación de todos ellos; se adecua a la tendencia del comercio internacional de flexibilizar las operaciones logísticas.

  • DAP (Delivered At Place / Entregado en punto convenido):

La parte vendedora realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición de la compradora en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado. La empresa vendedora corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta el lugar designado.

Términos de compra venta

 

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