IMPLEMENTACIÓN DE NUEVA LIGIE

Estimados clientes,

A través del presente medio hacemos de su conocimiento que el SNICE (Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior) dio a conocer en su cuenta de Twitter el oficio 414.2020.3324, en el cual la Secretaría de Economía da a conocer diversas consideraciones en relación a las operaciones de las autorizaciones vigentes expedidas por la SE. De lo anterior se destaca lo siguiente:

  • De conformidad con el artículo 20 de la Ley de Comercio Exterior, las mercancías sujetas a restricciones y regulaciones no arancelarias se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias, es decir, a 8 dígitos.

Los NICO que se incluyen en los Acuerdos son únicamente con fines de referencia.

  • Los documentos expedidos vigentes hasta el 27 de diciembre de 2020, seguirán aplicándose hasta su vencimiento, en los términos en que fueron expedidos y podrán ser utilizados para tales efectos en que fueron emitidos, siempre que la descripción de las mercancías señaladas en los mismos, coincida con las presentadas ante la autoridad aduanera.
  • La autoridad a efecto de poder llevar a cabo la actualización de todos sus sistemas de bases de datos y demás que sirven para poder validar la información transmitida y declarada por los diversos usuarios del comercio exterior, da a conocer a través del presente oficio los diferentes periodos de fechas en que se inhabilitarán y habilitarán los sistemas de la Ventanilla Única para cada tipo de trámite.

Por lo anterior se extiende la recomendación de que ubiquen sus trámites de solicitud próximos a realizar y tomar en cuenta que es muy importante verificar las fechas límites de presentación ante la Ventanilla Única, así como las fechas de inhabilitación de la misma y así evitar contratiempos en sus operaciones de comercio exterior.

Para mayor información se adjunta el oficio a continuación: OPERACION VF NUEVALIGIE LIGIE

Esta entrada fue publicada en AVISOS GENERALES. Guarda el enlace permanente.