CUPO PARA INTERNAR A JAPÓN PRENDAS Y COMPLEMENTOS DE VESTIR CAPÍTULOS 61, 62 Y 63 DEL SISTEMA ARMONIZADO

Estimados clientes,

Por medio del presente se hace de su conocimiento que la Secretaría de Economía, a través de su portal SNICE publicó el Boletín 010/2021 sobre el asunto de Cupo para internar a Japón prendas y complementos de vestir capítulos 61, 62 y 63 del sistema armonizado; de lo anterior se desprende lo siguiente:

  • A partir del lunes lunes 31 de mayo de 2021 el trámite podrá solicitarse en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).
  • Bastara con contar con su e.Firma y los documentos requeridos en archivo PDF, de la factura comercial y conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte y no será necesaria la presentación del formato impreso, la solicitud podrá realizarse desde su oficina o su casa en horario continuo, es decir, durante las 24 horas del día.

Únicamente para el trámite de Expedición de Certificado de cupo, una vez autorizado deberá acudir por el Certificado de cupo impreso a la Oficina de representación en la entidad federativa que corresponda a su domicilio.

Para mayor referencia se adjunta Boletín SNICE 010/2021 a continuación: BOLETIN-SNICE010-2021-PRENDASJAPON

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