COMPLEMENTO CARTA PORTE, RECOMENDACIONES DE VALIDACIÓN.

Estimado Cliente:

 

El pasado 03 de mayo de 2021, la SHCP dio a conocer por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF), la nueva regulación con respecto a las nuevas disposiciones del Complemento Carta Porte a partir del 01 de enero 2022, misma que guarda relación con la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

Derivado de esta nueva disposición, hemos ubicado algunas áreas de oportunidad en la información recibida durante el proceso, debido a que algunos apartados marcan error, lo que impide la emisión del Complemento Carta Porte.

 

  1. El Código Postal tanto de origen como destino debe de incluir datos esenciales que son: Estado y Municipio, de acuerdo con el catálogo del SAT. Si alguno de esos campos no tiene información, al momento de querer timbrar, marca error y por ende no se puede realizar.
  • Ejemplo de un Código Postal que le falta un campo esencial (X)

  • Ejemplo de un Código Postal que tiene completos sus campos (√):

Esta información puede validarla en las siguientes ligas descargables del SAT:

Formato de Factura (Anexo 20) – Factura electrónica – Portal de trámites y servicios – SAT

https://www.sat.gob.mx/consultas/68823/complemento-carta-porte-

Nota: Se sugiere descargar los archivos constantemente, dado que la autoridad hace actualizaciones en el portal.

  1. En el apartado del Bien transportado es indispensable que la información que se comparta al Transporte sea de acuerdo y en apego total al catálogo del SAT, con todos los campos obligatorios.
    1. La discrepancia de información como resultado no deja timbrar, al hacer el SAT la validación de información.
    2. La omisión de información de campos obligados marcados por el SAT como resultado no deja timbrar, al hacer el SAT la validación de información.
    3. Los datos peso, cantidad, y unidad de medida son obligatorios.

 

  1. Las Mercancías peligrosas, en los casos que aplique, requieren de igual manera se haga un proceso de validación previa en los catálogos del SAT.
    1. La discrepancia de información como resultado no deja timbrar, al hacer el SAT la validación de información.
      • Al marcarlo como peligroso y no esté en catálogo como tal.
      • Al utilizar una clave distinta a la autorizada por el SAT de acuerdo al catálogo.
      • Al marcarlo como general y sea peligroso.
    2. La omisión de información de campos marcados como obligatorios, como resultado no deja timbrar, al hacer el SAT la validación de información.

 

  1. En caso de operaciones de comercio exterior (Importaciones y Exportaciones).
    1. Para importaciones:
      • Fracción arancelaria a 10 dígitos.
      • Pedimento completo: Ejemplo 21 16 3622 1019316.
    2. Para exportaciones: Sólo fracción arancelaria.
  • Por lo anterior recomendamos llevar a cabo la consulta del catálogo en el portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/consultas/68823/complemento-carta-porte-

  • O revisar el boletín emitido por Gomsa para que se ubiquen los campos mínimos obligatorios marcados por el SAT:

NUEVA DISPOSICIÓN SAT | GOMSA | Boletines – Agencias Aduanales – Logística Integral

Les reiteramos la importancia de enviar la información completa y validada (en plantilla) al menos con 48 horas de anticipación previo a la colocación de unidades, evitando así algún retraso en sus operaciones, dado a que es una obligación del Operador llevar el Complemento Carta Porte, ya sea en representación impresa o digital, previo a mover la carga del punto A al punto B.

Atentamente

Gomsa⊕

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