ACUERDO SE SUSPENDE COBRO DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS A IMPORTACIONES DE SULFATO DE AMONIO ORIGINARIAS DE USA Y CHINA

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, la Secretaría de Economía (SE) publicó a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo por el que se suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, al tenor de lo siguiente:

  • Publicación en DOF:https://bit.ly/3wFsZQi
  • Fecha de publicación: 24 de mayo de 2022.
  • Fecha de inicio de vigencia: Al día siguiente de su publicación en el DOF y concluirá su vigencia en seis meses a partir de su entrada en vigor.

ANTECEDENTES

  • Que el 09 de octubre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de sulfato de amonio, originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 3102.21.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Mediante dicha Resolución, se impusieron las siguientes cuotas compensatorias definitivas:
  1. Para las importaciones provenientes de Honeywell Resins & Chemicals, LLC., una cuota compensatoria de $0.0759 dólares por kilogramo.
  2. Para las importaciones de las demás exportadoras de los Estados Unidos de América, una cuota compensatoria de $0.1619 dólares por kilogramo.
  3. Para las importaciones provenientes de Wuzhoufeng Agricultural Science & Technology, Co. Ltd., una cuota compensatoria de $0.0929 dólares por kilogramo.
  4. Para las importaciones de las demás exportadoras de la República Popular China, una cuota compensatoria de $0.1703 dólares por kilogramo.
  • Que el 31 de marzo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Mediante dicha Resolución, se determinó continuar la vigencia de las cuotas compensatorias señaladas anteriormente por cinco años más, contados a partir del 10 de octubre de 2020.
  • Que si bien se cumplen todos los requisitos para el establecimiento de las cuotas compensatorias aplicables al sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 3102.21.01 y 3105.90.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, o por cualquier otra, así como para continuar con su vigencia hasta 2025; se estima urgente, en beneficio del país, suspender el cobro de las mismas.

IMPORTANTE

  • ÚNICO: Se suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 3102.21.01 y 3105.90.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, o por cualquier otra, cuya vigencia fue prorrogada por cinco años más, contados a partir del 10 de octubre de 2020, mediante la Resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2022.

TRANSITORIOS

  • La Secretaría de Economía realizará un monitoreo de las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China durante la vigencia del presente Acuerdo.

Atentamente

Gomsa ⊕

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