Secretaría de Salud: Trámites y servicios que podrán realizarse a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior.

El Diario Oficial de la Federación, da a conocer el día de hoy viernes 16 de Noviembre del 2012 el Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria que podrán realizarse en términos del Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, publicado el 14 de enero de 2011

En virtud de lo anterior, los trámites y sus modalidades inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios que aplica la Secretaría de Salud por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios que podrán realizar los particulares a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, son  los que anexamos en la siguiente liga: Da click aquí para conocer dichos trámites.

Por lo que, los tramites descritos en la liga anterior deberán realizarse conforme a lo dispuesto por el Artículo Quinto del Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, aceptando  las condiciones de uso de la ventanilla digital que aparezcan en la página correspondiente.

Asimismo, en términos del Artículo Cuarto del Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, las actividades que podrán realizarse a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, respecto de los trámites referidos en el Artículo Segundo, son las siguientes:

I.             Llevar a cabo cualquier trámite relacionado con importaciones, exportaciones y tránsito de mercancías de comercio exterior, incluyendo las regulaciones y restricciones no arancelarias que, conforme a la legislación aplicable, sea exigido por las autoridades competentes en materia de comercio exterior;

II.            Consultar información sobre los procedimientos para la importación, exportación y tránsito de mercancías de comercio exterior, incluyendo las regulaciones y restricciones no arancelarias, así como las notificaciones que se deriven de dichos trámites, y

III.          Efectuar pagos electrónicos de las contribuciones y los aprovechamientos que procedan, causados por la realización de trámites de importación, exportación y tránsito de mercancías de comercio exterior, así como de las regulaciones y restricciones no arancelarias.

Por lo que, el presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Del mismo modo, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios será responsable de realizar las modificaciones necesarias a los trámites que aplica, para adecuarlos a la modalidad de poder realizarlos a través de medios electrónicos y modificarlos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con lo establecido por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

En consecuencia, se abroga el “Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas Generales para la gestión de trámites a través de medios de comunicación electrónica que aplica la Secretaría de Salud, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 2005.

De ahí que, con la entrada en vigor de la presente publicación, se estaría agilizando la presentación de los trámites que se realicen vía electrónica ante la VUCEM y a su vez estaría representando mejoras en los tiempos de atención a los particulares, disminución de costos, oportunidad para elevar la eficiencia y transparencia, incremento de la calidad de los servicios que se prestan, brinda certidumbre a la industria en la seguridad de la información que por virtud del trámite se proporciona a la dependencia en consecuencia del gran avance que representa en el desarrollo de un gobierno digital.

 

 

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