USO DE INCOTERMS DAP Y DDP EN PEDIMENTOS DE IMPORTACIÓN

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Estimados clientes.

Con el afán de dar cumplimiento a la legislación aplicable en materia de Valoración Aduanera y al mismo tiempo brindarles información que les permita optimizar sus recursos en operaciones de comercio exterior, los invitamos a prestar puntual atención a sus importaciones efectuadas con facturas emitidas bajo el esquema de los INCOTERMS DAP y DDP, toda vez que éstos Términos Internacionales de Comercio integran gastos a la factura comercial que no forman parte del Valor en Aduana de las mercancías.

La Ley Aduanera indica en su Artículo 65 que El valor de transacción de las mercancías importadas (Valor en Aduana) comprenderá, además del precio pagado por las mismas, aquellos conceptos que incrementan el valor de la factura y no estén incluidos en el precio pagado por las mercancías.

Por su parte, el inciso d), de la fracción I del mismo Artículo, especifica que el valor de transacción comprenderá “los gastos de transporte, seguros y gastos conexos tales como manejo, carga y descarga en que se incurra con motivo del transporte de las mercancías hasta que se den los supuestos a que se refiere la fracción I del artículo 56 de esta Ley”.

Los supuestos mencionados en la fracción I del artículo 56, se refieren a lo siguiente:

  • Tráfico Marítimo: El momento en el que la embarcación que transporta las mercancías objeto de importación fondea, amarra o atraca en el puerto destinado.
  • Tráfico Terrestre: En el momento en que las mercancías crucen la línea divisoria internacional.
  • Tráfico Aéreo: En el momento de arribo de la aeronave que transporte las mercancías, al primer aeropuerto mexicano.

Bajo ésta lógica, es evidente que cualquier gasto en que incurra el importador después de los momentos mencionados anteriormente, no deben considerarse dentro del Valor en Aduana, el cual, funge como la base gravable del Impuesto General de Importación y forma parte de la base gravable del Impuesto al Valor Agregado.

Dicho lo anterior y teniendo en cuenta que facturas emitidas con INCOTERMS DAP y DDP, incluyen el transporte de la mercancía hasta un punto convenido en territorio nacional (y en algunos casos seguros y maniobras en México), es que se les exhorta a solicitar el desglose en sus facturas de éstos gastos contenidos en el precio pagado por sus mercancías, con el fin de decrementar dichos montos del Valor en Aduana y con ello brindarles una correcta declaración en sus pedimentos de importación, además de evitar el pago indebido de impuestos aduanales por gastos que la misma legislación exceptúa.

DAP Y DDPEn caso de requerir asesoría sobre éste tema, les invitamos a ponerse en contacto con sus respectivos ejecutivos de tráfico o  enviar sus dudas al correo electrónico consultasjuridico@gomsa.com.⊕

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