RESOLUCIÓN ANTICIPADA DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017

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Se hace de su conocimiento que el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su portal web la Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y su Anexo -A, con fecha de 17 de mayo de 2017, con efectos informativos para el particular y vinculatorios (obligatorios) para la autoridad, que medularmente establece lo siguiente:

1.3.3. Causales de suspensión en los padrones

Se agrega como causal de suspensión de padrones que los contribuyentes inscritos en el sector 13 «Hidrocarburos» y/o sus clientes y/o prestadores de servicios de transporte, almacenamiento, distribución y/o comercialización de petrolíferos, no cuenten con los permisos que les correspondan conforme a la Ley de Hidrocarburos; o bien, cuando el interesado no presente los contratos previstos en la ficha de trámite 4/LA ante la autoridad competente.

1.6.9. Transferencia y cambio de régimen de activo fijo, empresas con Programa IMMEX

Se modifica su cuarto párrafo para mencionar que se podrá aplicar la tasa que corresponda conforme al PROSEC para aquellas mercancías que se hubiesen importado temporalmente incluso antes de 01 de enero de 2001, siempre que el importador cuente con dicho programa.

Anexo 1-A Trámites de Comercio Exterior

Se modifican las fichas de trámite 4/LA «Instructivo de trámite para inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos (Regla 1.3.2., primer párrafo)» y 5/LA «Instructivo de trámite para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos (Regla 1.3.4., primer párrafo)», en lo relativo al Padrón de Importadores de Sectores Específicos para el sector 13 «Hidrocarburos».

Resolutivo décimo tercero (Anexos a la Manifestación de Valor)

Se modifica para establecer que los anexos a la Manifestación de Valor, establecidos en el artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera, no serán exigibles durante la vigencia de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017.

Resolutivo trigésimo séptimo (Beneficio para Padrón de Sectores Específicos 14 y 15)

Se modifica para extender el beneficio a los interesados en relaizar importaciones de mercancías clasificada en los sectores 14 «siderúrgico» y 15 «productos siderúrgicos», al 15 de julio de 2017, siempre que presenten su solicitud de inscripción conforme a la ficha de trámite 4/LA «Instructivo de trámite para inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos (Regla 1.3.2., primer párrafo)» y hasta en tanto no resuelvan su solicitud.

Para mayor información, se recomienda revisar los documentos que a continuación se insertan:

Resolucion anticipada de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2017, publicadas el 17 de mayo de 2017

Anexo 1A, publicado el 17 de mayo de 2017

Lo anterior se hace de su conocimiento para que sea considerado en sus operaciones de comercio exterior.

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