REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía publicó en el D.O.F. con fecha de 17/10/2019, el reglamento citado al rubro del cual entrará en vigor al día siguiente al de su publicación.
Destacamos las siguientes modificaciones en materia de comercio exterior:
La Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) cambia de nombre, para ahora pasar a ser la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCyCE), por lo que las referencias, atribuciones, facultades y obligaciones, así como contratos, convenios o análogos que se hubieren celebrado y cualquier otro instrumento, se entenderán hechas ahora a la DGFCyCE.
Con relación al articulo 27 referente a «atribuciones de la DGCEyCE» observamos que ya no hace referencia a las fracciones X y XXII del Reglamento de la Secretaria de Economía para 2016, referentes a:
- Fracción X «Participar en comisiones, comités y grupos de trabajo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de órganos o consejos directivos de instituciones y organismos, que atiendan asuntos vinculados con el comercio exterior, la clasificación arancelaria de las mercancías, las estadísticas de comercio exterior y el control de exportaciones, así como en las negociaciones comerciales internacionales en las materias a que se refiere esta fracción;»
- Fracción XXII «Las demás que en materia de comercio exterior sean competencia de la Secretaría.«
La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior será auxiliada en el ejercicio de sus facultades por las personas Titulares de las:
- Direcciones de Nomenclatura y Diseño Arancelario
- Operación de Programas de Fomento
- Permisos del Sistema de Control de Exportaciones
- Diseño e Instrumentación de la Operación de Comercio Exterior; de Regulaciones y Restricciones No Arancelarias; de Normatividad de Comercio Exterior;
- Operación de Instrumentos de Comercio Exterior; de Cumplimiento y Seguimiento de Instrumentos y Programas de Comercio Exterior
- Coordinación de Análisis y Facilitación de Comercio Exterior;
- Jefaturas de Departamento de Análisis de Riesgo de Programas de Fomento; de Análisis, Evaluación y Dictamen de Programas IMMEX;
- Análisis, Evaluación y Dictamen de Programas PROSEC
- Devolución de Impuestos de Importación; de Cumplimiento y Seguimiento de Instrumentos de Comercio Exterior; de Cumplimiento y Seguimiento de Programas de Comercio Exterior
- Análisis e Instrumentación de Cupos de Importación y Exportación
- Operación y Seguimiento de Permisos y Avisos
- Operación e Instrumentación de Certificados de Origen,
- Y demás unidades subalternas en términos del artículo 11 «Unidades Administrativas» de este Reglamento.
Para mayor información, proporcionamos el vínculo directo a la publicación del Diario Oficial de la Federación.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5575714&fecha=17/10/2019