OFICIO NO. 414.2020.2631 QUE EMITE SECRETARÍA DE ECONOMÍA

Estimados clientes,

A través del presente medio se hace de su conocimiento que, la Secretaría de Economía emitió el pasado viernes 09 de octubre del 2020 el Oficio No. 414.2020.2631, de lo cual determina lo siguiente:

  • Se deberá declarar en el pedimento de importación la claves PA – CUMPLIMIENTO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA, PARA VERIFICARSE EN UN ALMACEN GENERAL DE DEPOSITO AUTORIZADO y PB – CUMPLIMIENTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PARA SU VERIFICACIÓN DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL EN UN DOMICILIO PARTICULAR, sin que sea necesario declarar en el pedimento la clave NM (registro 553) conforme a lo establecido por los boletines 18 y 20 de fechas 01 y 06 de octubre de 2020, respectivamente, emitidos por el Servicio de Administración Tributaria.
  • Siempre y cuando se compruebe que la empresa cuenta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas a que se refiere la regla 7.1.4. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, en la modalidad de Operador Económico Autorizado o en su caso, que acredite importaciones por un valor equivalente en moneda nacional a 200,000,000 de dólares de los Estados Unidos de América, en una o varias operaciones durante el último año calendario.
  • Se habilitó el siguiente correo electrónico: nom@economia.gob.mx, donde se deberá enviar un escrito libre, firmado por el representante legal de la empresa, por medio del cual solicite autorización a la Secretaría de Economía para utilizar el esquema previsto en el presente oficio.
  • La solicitud deberá contener RFC de la empresa, Denominación o Razón Social, así como el número de contrato de prestación de servicios, previamente transmitido por la unidad de verificación autorizada, así como dos correos electrónicos con la aceptación de recibir y enviar información a través de estos.
  • Lo anterior en un plazo no mayor a 24 horas, contadas a partir de que se reciba la solicitud, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio (DGFFCE) emitirá la autorización correspondiente, para poder implementar lo previsto en el citado oficio.
  • Se pondrá a disposición de cualquier interesado, el listado de empresas aprobadas en la página electrónica  de SNICE: snice.gob.mx.
  • A más tardar los primeros cinco días de cada mes, la unidad de verificación o inspección acreditada deberá notificar a la Secretaría de Economía la confirmación de todas las verificaciones o inspecciones de cumplimiento con las NOMs correspondientes realizadas en el mes inmediato anterior, utilizando el layout2 publicado en la citada página de electrónica, a través de dicho correo electrónico.

Para mayor información se adjunta a continuación el Oficio citado en asunto: Oficio No. 414.2020.2631

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