RESOLUCIÓN ANTICIPADA DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017

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Se hace de su conocimiento que el 04 de mayo de 2017, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer en su portal web la Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, para establecer lo siguiente:

Se otorga un plazo de 60 días naturales a las empresas con Programa IMMEX a las que se les hubiere cancelado o expirado la autorización para la inscripción en el registro de empresas certificadas en términos de la regla 3.8.1. de las RGCE para 2016, actualmente derogadas, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el DOF, para cambiar de régimen aduanero o retornar al extranjero las mercancías importadas al amparo de la referida autorización, siempre que éstas no hubieren excedido el plazo autorizado originalmente.

En caso de encontrarse sujetas a facultades de comprobación, el presente beneficio podrá ejercerse, únicamente hasta antes de la emisión del acta final, oficio de observaciones y/o la resolución respectiva, mediante la presentación de un escrito en términos de la regla 1.2.2., ante la autoridad que esté llevando a cabo el acto de fiscalización, en el cual se manifieste la voluntad de apegarse al presente Resolutivo, procediendo al pago de la multa que, en su caso, corresponda.

La citada Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Para mayor información, se deja a su disposición la misma:

RESOLUCION ANTICIPADA DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 (04 de mayo de 2017)

Lo anterior se deja a su disposición para que sea considerado en sus operaciones de comercio exterior.

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