El 25 de marzo del año 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, una Resolución con relación al examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de papel bond cortado originarias de Brasil.
De los resolutivos de dicha resolución, resaltan los siguientes:
Se declara concluido el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de papel bond cortado originarias de Brasil, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 4802.56.01 y 4823.90.99 de la TIGIE
Se prorroga la vigencia por cinco años más, contados a partir del 12 de marzo de 2018, de la cuota compensatoria definitiva de 37.78% impuesta a las importaciones de papel bond cortado denominado también como papel bond o ledger de peso mayor o igual a 40 g/m2 pero menor o igual a 150 g/m2
Conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de la LCE, los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria, no estarán obligados al pago de la misma si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Brasil.
Para mayor información, la resolución completa se encuentra disponible en el Diario Oficial de la Federación, en la siguiente dirección: