RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA A ATOMIZADORES DE CHINA.

Estimados clientes y asociados,

El día de hoy, 2 de junio de 2020, la Secretaría de Economía dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación la RESOLUCIÓN Final del procedimiento administrativo del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, como se indica a continuación:

RESOLUCIÓN ·         Se declara concluido el procedimiento administrativo examen de vigencia de la cuota compensatoria (CC)  impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 9616.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.

 

·         Se prorroga la vigencia de la CC definitiva del 86% por 5 años más a partir del 22 de abril de 2019.

 

ANTECEDENTE El 21 de abril de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de atomizadores de plástico originarias de la República Popular China (“China”), independientemente del país de procedencia (la “Resolución Final”).

 

Mediante dicha Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 86%.

 

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Para mayor información, podrá encontrar la publicación del DOF en el siguiente enlace DOF 02-06-2020

 

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