ACUERDO. SE MODIFICA DIVERSO QUE ESTABLECE MERCANCÍAS CUYA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN ESTÁ SUJETA A REGULACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD.

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía (SE) publicó, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Salud, al tenor de lo siguiente:

  • Publicación en DOF: https://bit.ly/3IGoR5y
  • Fecha de publicación: 28 de enero de 2022.
  • Fecha de inicio de vigencia: A los 30 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF.

Antecedentes:

  1. El 26 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el «Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Salud», el cual tiene por objeto establecer las fracciones arancelarias de las mercancías que están sujetas a regulación por parte de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
  2. Es necesario reformar el Acuerdo para sujetar las substancias N-Fenil-4-piperidinamina (4-AP), Diclorhidrato de N-Fenil-4- piperidinamina (4-AP), Anhídrido propiónico y Cloruro de propionilo a la presentación de una autorización sanitaria previa de importación y de exportación.

Consideraciones:

El presente Acuerdo reducirá el costo de cumplimiento de los particulares respecto a las solicitudes de devolución del impuesto general de importación a que se refieren las reglas 3.5.1 y 3.5.2 del «Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior», publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2012 y sus posteriores modificaciones, toda vez que se modificará la modalidad de presentación de la primera solicitud que actualmente se realiza de forma presencial, para facilitar su presentación mediante su envío a través de correo electrónico.

Modificaciones al Acuerdo:

  1. Se adicionan a los incisos c) y j) del Acuerdo las mercancías que a continuación se indican conforme a sus fracciones arancelarias y descripción de la TIGIE, en el orden que les corresponda según su numeración, para quedar como sigue

ANEXO 1

Fracción C
Fracción arancelaria / NICO Descripción Acotación
2915.90.18 Anhídrido propiónico
00 Anhídrido propiónico
2915.90.99 Los demás Únicamente: Ploruro de propionilo.
00 Los demás

 

Fracción J
Fracción arancelaria / NICO Descripción Acotación
2915.90.18 Anhídrido propiónico
00 Anhídrido propiónico
2915.90.99 Los demás Únicamente: Ploruro de propionilo.
00 Los demás
  1. Se modifican a los incisos c) y j) del Acuerdo las mercancías que a continuación se indican conforme a sus fracciones arancelarias y descripción de la TIGIE, en el orden que les corresponda según su numeración, para quedar como sigue:
Fracción C
Fracción arancelaria / NICO Descripción Acotación
2933.39.24   Únicamente: N-Fenil-4- piperidinamina (4-AP); Diclorhidrato de N-Fenil-4- piperidinamina (4-AP); 4-anilino-N-fenetilpiperidina (ANPP) y/o los siguientes productos y sus derivados: Acetil-Alfa-metilfentanil; Alfa-metilfentanil; Alfa-metiltiofentanil; Alfameprodina; Alfaprodina; Alilprodina; Bencetidina; Beta-hidroxifentanil; Betahidroxi-3-metilfentanil; Betameprodina; Betaprodina; Etameprodina; Etoxeridina; Fenampromida; Fenazocina; 1-Fenetil-4-fenil-4-acetato de piperidina (éster) PEPAP; p-Fluorofentanil; Haloperidol; Hidroxipetidina; 1-Metil-4-fenil 4-propionato de piperidina (éster) MPPP; Metazocina; 3-Metilfentanil; 3-Metiltiofentanil; Norpipanona; Intermediarios “B” y “C” de la petidina; Piminodina; Pimozide; Properidina; Tiofentanil.

 

Fracción J
Fracción arancelaria / NICO Descripción Acotación
2933.39.24   Únicamente: N-Fenil-4- piperidinamina (4-AP); Diclorhidrato de N-Fenil-4- piperidinamina (4-AP); 4-anilino-N-fenetilpiperidina (ANPP) y/o los siguientes productos y sus derivados: Acetil-Alfa-metilfentanil; Alfa-metilfentanil; Alfa-metiltiofentanil; Alfameprodina; Alfaprodina; Alilprodina; Bencetidina; Beta-hidroxifentanil; Betahidroxi-3-metilfentanil; Betameprodina; Betaprodina; Etameprodina; Etoxeridina; Fenampromida; Fenazocina; 1-Fenetil-4-fenil-4-acetato de piperidina (éster) PEPAP; p-Fluorofentanil; Haloperidol; Hidroxipetidina; 1-Metil-4-fenil 4-propionato de piperidina (éster) MPPP; Metazocina; 3-Metilfentanil; 3-Metiltiofentanil; Norpipanona; Intermediarios “B” y “C” de la petidina; Piminodina; Pimozide; Properidina; Tiofentanil.

Atentamente,

Gomsa

 

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