SEXTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2022 Y SU ANEXO 29

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Sexta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2022 y su Anexo 29:

IMPORTANTE

  1. Días inhábiles (2.1.6) para efectos del articulo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se estará a lo siguiente:
  • El primer periodo general de vacaciones del 2022, comprende los días del 18 al 29 de julio de 2022. Para la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Grandes Contribuyentes, únicamente comprenderá los días del 20 al 29 de julio.
  • Son días inhábiles para el SAT el 14 y 15 de abril de 2022, así como el 02 de noviembre de 2022.

En dichos periodos y días no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT, lo anterior sin perjuicio del personal que cubra guardias y que es necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades de acuerdo a lo previsto en los artículos 13 del CFF y 18 de la Ley Aduanera.

  • Las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, podrán considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen.

Atentamente,

Gomsa⊕

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