PREFERENCIA ARANCELARIA A AUTOMÓVILES PESADOS DE BRASIL

Estimados clientes,

A través del presente medio se hace de su conocimiento que, la Secretaría de Economía  publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado miércoles 07 de octubre del 2020, el Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice II del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre México y Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur, de lo cual se destaca lo siguiente:

  • Se incorpora un punto Octavo al Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice II del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, en el cual se aplican preferencias arancelarias porcentuales (%) a las importaciones procedentes de Brasil de vehículos automóviles pesados (28 fracciones arancelarias) que se señalan en los literales e) y f) del Artículo 1º del Apéndice II del ACE No. 55.
Período Preferencia Arancelaria
A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo. 20%
1º de julio de 2021 40%
1º de julio de 2022 70%
1º de julio de 2023 100%
  • Se sustituye el Punto 5 del Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice II del ACE No.55, para quedar como sigue:

«Quinto. – La determinación y certificación de origen de los productos a que se refiere el presente Acuerdo, se realizará conforme a lo dispuesto en el Anexo II del ACE No. 55 y en el Quinto y Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice II «Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre Brasil y México» del ACE 55.»

No se omite mencionar que el presente Acuerdo entró en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Para mayor referencia se adjunta a continuación el extracto del DOF: DOF-07-10-2020 – Preferencia arancelaria a vehiculos pesados de Brasil

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