ATENCIÓN: El día 8 de abril del presente año, se publicó un aviso en el Diario Oficial de la Federación, mismo que regula los horarios de operación de autotransporte durante el periodo vacacional de abril.
El periodo vacacional comprende de las 00:00
horas del 12 de abril de 2019, a las 23:59 horas del 29 de abril de 2019.
Las
grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u
objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso
especial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, podrán
transitar en el periodo antes señalado como sigue:
El día 15 y 16 de abril, del 23 al 25 de abril y 29
de abril de 2019, esto es:
a) Cuando circulen por caminos
tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
b) Cuando circulen por caminos
ET2, A2, B2, C o D: de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00
horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros
piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.
Los días 17, 26 y 27 de abril de 2019 para
cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas.
Los días 12 al 14 de abril, 18 al 22 de abril y 28
de abril de 2019, deberán suspender totalmente su tránsito.